Sistema de Protección Integral

Sistema de Protección Integral para personas trasplantadas y en lista de espera de la provincia de Santa Fe

Actualmente se encuentran reglamentadas las leyes 26.928 (nacional) y la 13.397 (provincial), las que establecen el Sistema de Protección Integral de Personas Trasplantadas con el objetivo de asegurar la plena integración familiar y social de las personas trasplantadas o que se encuentren en lista de espera, reconociendo sus derechos y necesidades específicas.
Las mismas junto a sus respectivos decretos reglamentarios están disponibles aquí
Los beneficios de esta ley no son excluyentes con los de discapacidad, salvo en el caso de las pensiones.

Identificación como beneficiario

La sola presentación de la credencial vigente junto al DNI lo acredita como beneficiario. Algunos municipios emiten una credencial propia para el beneficio del transporte urbano.
La credencial es un documento público que se otorga a las personas que han recibido un trasplante o están inscriptas en lista de espera para facilitar la realización de gestiones asociadas a la ley. La misma tiene una validez de 3 (tres) años y cuenta con un número único e irrepetible.
Se debe solicitar a CUDAIO y es emitida desde INCUCAI a través del SINTRA.
SOLICITAR LA CREDENCIAL DE BENEFICIARIO

Requisitos ser acceder a los derechos del sistema:

  • Estar inscripto en el Sistema Nacional de Procuración y Trasplante de la República Argentina (SINTRA). En caso de ser trasplantado y no estar registrado en SINTRA (trasplantes realizados previos a la puesta en vigencia de SINTRA), lo guiaremos para que pueda obtener su credencial.
  • Tener residencia permanente en Argentina

Uso de la credencial

Cobertura de salud

Los sistemas de salud privados (obras sociales o prepagas) deben brindar la cobertura del 100% en la provisión de medicamentos, estudios diagnósticos y prácticas de atención de su estado de salud de todas aquellas patologías que estén directa o indirectamente relacionadas con el trasplante. Se debe solicitar el beneficio presentando la credencial ante el prestador.
Los pacientes con cobertura de salud pública brindan de los mismos beneficios, otorgados por el sistema público de salud.
DUDAS O CONSULTAS: Superintendencia de Servicios de Salud: 0800 222 72583.

Pasajes
Tiene derecho a viajar gratuitamente en los servicios nacionales (entre provincias) de transporte terrestre con cualquier fin.
El transporte dentro de la provincia está contemplado solamente para fines asistenciales.
El transporte urbano está cubierto por algunos municipios como Rosario, Venado Tuerto, Rafaela y Reconquista. Se sugiere consultar con cada municipio la vía de gestión del beneficio.
Para acceder a este servicio:

– VÍA WEB
El sistema le permitirá reservar pasajes para el beneficiario y su acompañante en caso de ser necesario, tanto para el viaje de ida como de vuelta.
Encontrará un instructivo haciendo click aquí

Ingrese haciendo click aquí y complete los campos requeridos.
Tendrá la posibilidad de ver TODOS los servicios disponibles para el destino elegido.
Recuerde que:
Éste es un sistema de Reserva, deberá presentarse en las boleterías correspondientes por lo menos 48 horas antes del viaje.
Para retirar los pasajes es imprescindible llevar:

  • El número de código de reserva (CUR) que se le generará al realizar la reserva.
  • Su documento de identidad.
  • Su credencial de paciente trasplantado o en lista de espera.
  • Si usted viaja con un acompañante deberá presentar certificado médico que lo justifique.

– MODALIDAD PRESENCIAL
Debe presentarse en la boletería de la empresa por la que desea viajar con la credencial y el documento nacional de identidad (original y fotocopia).
El trámite puede ser realizado personalmente o a través de un representante legal, cónyuge, conviviente o pariente hasta el 2° grado de consanguinidad, debidamente acreditados.
Para una mejor atención, se sugiere solicitar los pasajes con un mínimo de 48 horas de anticipación. La disponibilidad de estos pasajes no está supeditada al cupo disponible para discapacidad.
DUDAS O CONSULTAS:
Delegaciones de la CNRT en Santa Fe: 0342-452 4056.
Rosario: 0341-483 3292 – 423 2392 – 430 5630.
CABA: «Oficina 0» (Terminal de Ómnibus de Retiro) o Sede Central: Maipú 88, (C1000WAB) – Tel: 011 4819 3000 / 0800 333 030
Subsecretaría de transporte de la Provincia de Santa Fe: 0342

Trabajo, empleo y formación

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social ofrece programas de empleo y formación profesional. Las personas trasplantadas y en lista de espera con credencial vigente tendrán facilidad para acceder a los programas disponibles.
Para mayor información contactarse con el responsable del Área Social de CUDAIO, Juan Manuel Monti a nuestros teléfonos o por correo electrónico a cudaio.pacientes@santafe.gov.ar
Beneficios tributarios: Quienes empleen a beneficiarios de la ley tienen el beneficio de la deducción del 50% del impuesto a Ingresos Brutos y/o del 70% del impuesto a Ganancias sobre estas personas. Estos beneficios son complementarios y no excluyentes.
La condición de trasplantado o inscripto en lista de espera no será causal o impedimento para la postulación, ingreso o continuidad laboral en el ámbito público o privado, gozando además de licencias especiales necesarias para su atención sin que sea causal de perjuicio para el empleado. La violación de este derecho será considerado un acto discriminatorio en términos de la ley 23.592.
Para el ingreso a la administración pública provincial mediante concurso (según proceso de selección vigente) a igual orden de mérito se deberá dar prioridad a los beneficiarios de esta ley.
POR DUDAS O CONSULTAS: Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación Av L. N. Alem 650 (C1001AAO) CABA – Programas de empleo: 0800 222 2220.

Pensiones

Los beneficiarios en situación de desempleo forzoso y que no cuenten con ningún otro beneficio de carácter previsional podrán optar indistintamente por una Asignación Mensual No Contributiva equivalente a la pensión por invalidez a través de la Comisión Nacional de Pensiones Asistenciales del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación (incluye la cobertura de INCLUIR Salud) o por una Pensión No Contributiva establecida por la ley 5110. Estos beneficios son excluyentes.
DUDAS O CONSULTAS:
Dirección Nacional de Pensiones Asistenciales (Ministerio de Desarrollo Social de Nación): presidencia_cnpa@desarrollosocial.gob.ar
CABA: H. Yrigoyen 1447 (C1089AAA) – Tel: 0800-222-3294.
Santa Fe: San Jerónimo 1976Loc5 (3000) – Tel: 0342-4582796/4593367 – 7 a 15 hs.
Rosario: San Lorenzo 1045 (2000) – Tel: 0341-4473579/3990/3580 (fax) – 7 a 15 hs.
Reconquista: Bolívar 808 (3560) –Tel: 03482-427718 – 8a 16 hs.
Vera: San Martín 2171 (3550)– Tel: 03483-420844 / 421485 (fax) – 7a 15hs.
Dirección Provincial de la Caja de Pensiones Sociales – Ley 5110
Santa Fe: O. Gelabert 2950(S3000AKN) Tel:- 342 4573178/3179/3180/3183.
Rosario: Mendoza 1085 (S2000BHU) – Tel: 0341-4721135.

CUDAIO

cudaio.pacientes@santafe.gov.ar
Santa Fe: 0342 457-4814/15/16
Rosario: 0341 472 4700/01

INCUCAI

pacientes@incucai.gob.ar
0 800 555 4628 internos *514 / *515 / *524